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"Sólo sé que nada sé... y ni de eso estoy seguro". El viaje por el camino del conocimiento, es un trayecto largo, infinito, inalcanzable para el hombre común... tal vez un dios lo podría alcanzar, pero yo soy agnóstico. La aventura del conocimiento existe, pero no tiene fin, cada etapa terminada, implica un renacer, un nuevo comienzo...

4 de agosto de 2007

Ley de Responsabilidad Penal Adolescente (Resumen).

Ley de Responsabilidad Penal Adolescente.

Introducción.

El 8 de junio de 2007, entró en vigencia la ley 20.191 que establece un sistema de responsabilidad para los adolescentes infractores a la ley penal. Se termina así con el denominado trámite del discernimiento en todos los tribunales del país, estableciendo nuevos derechos y deberes para quienes tengan más de 14 y menos de 18 años. El nuevo sistema de justicia adolescente busca hacer responsables a los jóvenes que cometen un delito, establece un juicio justo y equilibrado, y les otorga posibilidades reales de reinserción educativa, social y familiar.Dentro de las características de la nueva ley se encuentra que mejora la eficiencia y eficacia en la persecución de los delitos, brinda protección a las víctimas y garantiza un proceso justo, existirán juicios orales y públicos, respeta los principios establecidos por la Constitución y por la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño.

Principales indicaciones de la nueva Ley.

Artículo único.
- Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley N° 20.084, que establece un sistema de responsabilidad de los adolescentes por infracciones a la ley penal:
1) Sustitúyese el artículo 6°, por el siguiente:
"Artículo 6°.
- Sanciones.
En sustitución de las penas contempladas en el Código Penal y en las leyes complementarias, a las personas condenadas según esta ley sólo se les aplicará la siguiente Escala General de Sanciones Penales para Adolescentes:
a) Internación en régimen cerrado con programa de reinserción social;
b) Internación en régimen semicerrado con programa de reinserción social;
c) Libertad asistida especial;
d) Libertad asistida;
e) Prestación de servicios en beneficio de la comunidad;
f) Reparación del daño causado;
g) Multa, y
h) Amonestación.

Penas accesorias:
a) Prohibición de conducción de vehículos motorizados, y
b) Comiso de los objetos, documentos e instrumentos de los delitos según lo dispuesto en el Código Penal, el Código Procesal Penal y las leyes complementarias.".

c) 2) Sustitúyense los artículos 21, 22 y 23, por los siguientes:
Artículo 21.
- Reglas de determinación de la extensión de las penas. Para establecer la duración de la sanción que deba imponerse con arreglo a la presente ley, el tribunal deberá aplicar, a partir de la pena inferior en un grado al mínimo de los señalados por la ley para el ilícito correspondiente, las reglas previstas en el Párrafo 4 del Título III del Libro I del Código Penal, con excepción de lo dispuesto en el artículo 69 de dicho Código.
Artículo 22.
- Aplicación de los límites máximos de las penas privativas de libertad. Si la sanción calculada en la forma dispuesta en el artículo precedente supera los límites máximos dispuestos en el artículo 18, su extensión definitiva deberá ajustarse a dichos límites.
Artículo 23.
- Reglas de determinación de la naturaleza de la pena. La determinación de la naturaleza de la pena que deba imponerse a los adolescentes con arreglo a la presente ley, se regirá por las reglas siguientes:
1. Si la pena va de tres años y un día a cinco años de privación de libertad o si se trata de una pena restrictiva de libertad superior a tres años, el tribunal podrá imponer las penas de internación en régimen cerrado con programa de reinserción social, internación en régimen semicerrado con programa de reinserción social o libertad asistida especial.
2. Si la pena privativa o restrictiva de libertad se extiende entre quinientos cuarenta y un días y tres años, el tribunal podrá imponer las penas de internación en régimen semicerrado con programa de reinserción social, libertad asistida en cualquiera de sus formas y prestación de servicios en beneficio de la comunidad.
3. Si la pena privativa o restrictiva de libertad se ubica entre sesenta y uno y quinientos cuarenta días, el tribunal podrá imponer las penas de internación en régimen semicerrado con programa de reinserción social, libertad asistida en cualquiera de sus formas, prestación de servicios en beneficio de la comunidad o reparación del daño causado.
4. Si la pena es igual o inferior a sesenta días o si no constituye una pena privativa o restrictiva de libertad, el tribunal podrá imponer las penas de prestación de servicios en beneficio de la comunidad, reparación del daño causado, multa o amonestación.

3) Tabla Demostrativa

Extensión de la sanción y penas aplicables.

Desde 5 años y 1 día:
- Internación en régimen cerrado con programa de reinserción social.
- Internación en régimen semicerrado con programa de reinserción social.
Desde 3 años y un día a 5 años:
- Internación en régimen cerrado con programa de reinserción social.
- Internación en régimen semicerrado con programa de reinserción social.
- Libertad asistida especial.
Desde 541 días a 3 años:
- Internación en régimen semicerrado con programa de reinserción social.
- Libertad asistida en cualquiera de sus formas.
- Prestación de servicios en beneficio de la comunidad.
Desde 61 a 540 días:
- Internación en régimen semicerrado con programa de reinserción social.
- Libertad asistida en cualquiera de sus formas.
- Prestación de servicios en beneficio de la comunidad.
- Reparación del daño causado.
Desde 1 a 60 días:
- Prestación de servicios en beneficio de la comunidad.
- Reparación del daño causado.
- Multa.
- Amonestación.
La duración de las sanciones de libertad asistida, libertad asistida especial y prestación de servicios a la comunidad se regirá por lo dispuesto en los artículos 11, 13 y 14 de la presente ley.".

4) Reemplázase, en el artículo 27, la expresión "investigación y juzgamiento" por "investigación, juzgamiento y ejecución".

5) Reemplázase el inciso primero del artículo 31, por el siguiente:
"Artículo 31.- Detención en caso de flagrancia. Carabineros de Chile y la Policía de Investigaciones, en sus respectivos ámbitos de competencia, deberán poner a los adolescentes que se encuentren en las situaciones previstas en los artículos 129 y 131 del Código Procesal Penal, a disposición del juez de garantía, de manera directa y en el menor tiempo posible, no pudiendo exceder de 24 horas. La audiencia judicial que se celebre gozará de preferencia en su programación. El adolescente sólo podrá declarar ante el fiscal en presencia de un defensor, cuya participación será indispensable en cualquier actuación en que se requiera al adolescente y que exceda de la mera acreditación de su identidad. Dicha detención se regulará, salvo en los aspectos previstos en este artículo, por el párrafo 3° del Título V del Libro I del Código Procesal Penal. Si se diere lugar a la ampliación del plazo de la detención conforme al artículo 132 de dicho Código, ésta sólo podrá ser ejecutada en los centros de internación provisoria de que trata la presente ley.".

6) Sustitúyese, en el artículo 32, la expresión "crímenes" por la frase "las conductas que de ser cometidas por una persona mayor de dieciocho años constituirían crímenes".

7) Reemplázase el artículo 43, por el siguiente:
Artículo 43.
- Centros de privación de libertad. La administración de los Centros Cerrados de Privación de Libertad y de los recintos donde se cumpla la medida de internación provisoria, corresponderá siempre y en forma directa al Servicio Nacional de Menores, con excepción de los señalados en la letra a) siguiente, cuya administración podrá corresponder en forma directa al Servicio Nacional de Menores o a los colaboradores acreditados que hayan celebrado los convenios respectivos con dicha institución.
Para dar cumplimiento a las sanciones privativas de libertad y a la medida de internación provisoria contenidas en esta ley, existirán tres tipos de centros:
a) Los Centros para la Internación en Régimen Semicerrado.
b) Los Centros Cerrados de Privación de Libertad.
c) Los Centros de Internación Provisoria. Para garantizar la seguridad y la permanencia de los infractores en los centros a que se refieren las letras b) y c) precedentes, se establecerá en ellos una guardia armada de carácter externo, a cargo de Gendarmería de Chile. Ésta permanecerá fuera del recinto, pero estará autorizada para ingresar en caso de motín o en otras situaciones de grave riesgo para los adolescentes y revisar sus dependencias con el solo objeto de evitarlas.


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Recursos y materiales didácticos para 1º medio.

UNIDAD I: ENTORNO NATURAL Y COMUNIDAD REGIONAL

Contenido Nº1: Características naturales de la región.
Contenido Nº2: Caracteristicas demográficas de la región.
Contenido Nº3: Comunidad Regional.

UNIDAD II: TERRITORIO REGIONAL Y NACIONAL

Contenido Nº1: Sistema urbano- rural.
Contenido Nº2: Territorio regional.
Contenido Nº3: Territorio Nacional y Geografia Económica de Chile.

UNIDAD III: ORGANIZACION POLITICA

Contenido Nº1: Derechos de las personas y Constitución Política de la República de Chile.
Contenido Nº2: Participacion politica.
Contenido Nº3: Organizacion del Estado y poderes publicos.

UNIDAD IV. ORGANIZACION ECONOMICA

Contenido Nº1: El funcionamiento de los sistemas económicos: conceptos y problemas.
Contenido Nº2: La Coordinación Económica.
Contenido Nº3: Trabajo y legislacion laboral en Chile.

* Fuente http://www.odisea.ucv.cl

Recursos y materiales didácticos para 2º medio.

UNIDAD I. CONOCIENDO LA HISTORIA DE CHILE

Contenido n° 1. Importancia del conocimiento de la Historia de Chile.
Contenido n° 2. Visión global de los periodos de la Historia de Chile.
Contenido n° 3. Vinculación de la Historia de Chile con la Historia de América Latina.

UNIDAD II. CONSTRUCCION DE UNA IDENTIDAD MESTIZA.

Contenido n° 1. América precolombina.
Contenido n° 2. La conquista española.
Contenido n° 3. Relaciones entre españoles e indigenas: trabajo obligatorio, mestizaje, evangelizacion, sincretismo cultural y resistencia mapuche.
Contenido n° 4. El legado español nos inserta en occidente: la herencia cultural de España.

UNIDAD III. LA CREACION DE UNA NACION.

Contenido n° 1. La independencia americana.
Contenido n°2. La organizacion de la republica de Chile.
Contenido n°3. La hegemonia liberal: el pensamiento liberal en Chile. La eclosion cultural de la decada de 1840.
Contenido n°4. La expansion de la economia y del territorio: expansión y modernización de la economia chilena desde la independencia hasta la guerra del pacifico.

UNIDAD IV. LA SOCIEDAD FINISECULAR: AUGE Y CRISIS DEL LIBERALISMO

Contenido n° 1. La economía del salitre: la riqueza salitrera dinamiza al conjunto de la economía.
Contenido n° 2. Crisis politica. Contenido n° 3. Las transformaciones culturales: avances en educacion, vida urbana.
Contenido n° 4. La "cuestion social".

UNIDAD V. EL SIGLO XX: LA BUSQUEDA DEL DESARROLLO ECONOMICO Y DE LA JUSTICIA SOCIAL.

Contenido n° 1. El fin de una epoca: fin del parlamentarismo, surgimiento de populismos, gobiernos militares, nuevos partidos políticos, nuevos actores sociales. La crisis económica de 1929 y sus efectos en Chile.
Contenido n° 2. El nuevo rol del estado a partir de la decada de 1920.
Contenido n° 3. Los nuevos proyectos politicos: la reformulación del sistema de partidos a fines de la decada de 1950.
Contenido n° 4. Cambios politicos, sociales, económicos y culturales de chile desde los años 70 a la actualidad.

* Fuente http://www.odisea.ucv.cl

Recursos y materiales didácticos para 3º medio.

UNIDAD I. LA DIVERSIDAD DE CIVILIZACIONES.

Contenido n° 1. Las primeras expresiones culturales de la humanidad.
Contenido n° 2. Mapa cultural mundial.
Contenido n° 3. Proyectos grupales de investigación, en el conocimiento de una civilización no occidental .

UNIDAD II. LA HERENCIA CLÁSICA: GRECIA Y ROMA COMO RAÍCES DE LA CIVILIZACIÓN OCCIDENTAL

Contenido n° 1. El legado cultural del mundo clásico . Contenido n° 2. Conceptos políticos fundamentales de la Grecia clásica aún vigentes .
Contenido n° 3. El Estado romano como modelo político y administrativo .

UNIDAD III. LA EUROPA MEDIEVAL Y EL CRISTIANISMO.

Contenido n° 1. La Edad Media y el origen de la idea de "Europa".
Contenido n° 2. El cristianismo en la conformación religiosa y cultural de Europa .
Contenido n° 3. Organización social de Europa medieval .

UNIDAD IV. EL HUMANISMO Y EL DESARROLLO DEL PENSAMIENTO CIENTÍFICO.

Contenido n° 1. El humanismo.
Contenido n° 2. Ruptura de la unidad religiosa: Reforma y Contrarreforma.
Contenido n° 3. La expansión colonial europea. La inserción de América en el mundo occidental .
Contenido n° 4. Los orígenes del capitalismo.

UNIDAD V. LA ERA DE LAS REVOLUCIONES Y LA CONFORMACIÓN DEL MUNDO CONTEMPORÁNEO.

Contenido n° 1. La Revolución Industrial y la madurez del capitalismo.
Contenido n° 2. La Revolución Francesa como respuesta al absolutismo monárquico y origen de la política moderna . Contenido n° 3. El nuevo imperialismo europeo como consecuencia de la Revolución Industrial.
Contenido n° 4. Europa en crisis: las guerras mundiales, la Revolución Rusa, el comunismo, el fascismo y la Gran Depresión.

Fuente: http://www.odisea.ucv.cl